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CENCOSUD SA c/ EN-M ECONOMIA (EX 74802986/20 - RESOL 371/23) s/RECURSO DIRECTO LEY 24.240 - ART 45

Cencosud SA promovió un recurso directo contra una resolución ministerial. La Cámara Contencioso Administrativa Federal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal del recurrente.

Codigo procesal civil y comercial Honorarios profesionales Caducidad de instancia Recurso directo Ley de arancel Procuracion del tesoro de la nacion


¿Quién es el actor?

Cencosud SA

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Economía
- Objeto de la demanda: Recurso directo contra Resolución 371/23 del Ministerio de Economía
- Decisión del tribunal: Se decreta la caducidad de la instancia por inactividad procesal del recurrente Cencosud SA. Fundamentos principales:
- Cencosud SA incumplió la carga procesal de comunicar a la Procuración del Tesoro de la Nación la interposición del recurso directo, conforme lo disponen los arts. 8° de la ley 25.344 y 12 (Anexo 3°) del dec. 1116/2000.
- Tampoco realizó acto alguno para impulsar el trámite de la causa, a pesar de que se le había notificado la providencia que impuso dicha carga.
- Por lo tanto, corresponde aplicar las normas sobre caducidad de instancia del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
- En cuanto a la regulación de honorarios de la letrada que actuó en representación del Estado Nacional, la Cámara considera que deben fijarse en una suma que guarde proporción con la labor desarrollada, más allá de los porcentajes legales.

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