RASIC HERMANOS SA (TF 36490-I) c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo interpuesto por empresa contra Dirección General Impositiva. La Cámara estableció honorarios de los profesionales intervinientes en el recurso.
¿Quién es el actor?
RASIC HERMANOS S.A.
¿A quién se demanda?
DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo contra un acto de la Dirección General Impositiva
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativa Federal
- Sala III estableció los honorarios de los profesionales que intervinieron en el recurso directo interpuesto por la empresa contra la DGI.
En primer lugar, la Cámara recordó que el art. 47 de la ley 27.423 sobre aranceles fue observado por el Poder Ejecutivo, por lo que no hay regulación específica sobre los porcentajes mínimos y máximos de los incidentes. Por ello, la Cámara consideró apropiado acudir al criterio establecido en la legislación anterior (art. 33, ley 21.839) como pauta orientadora del prudente arbitrio judicial.
Teniendo en cuenta la naturaleza, resultado y monto del asunto, así como la calidad y eficacia de la tarea profesional, y considerando el resultado del recurso, la Cámara fijó los honorarios de la dirección letrada y representación fiscal en 0,27 UMA, equivalente a $18.203.
La Cámara también aclaró que, en caso de que el profesional beneficiario acredite su condición de responsable inscripto frente al IVA, se deberá adicionar a los honorarios la alícuota correspondiente a dicho tributo.
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