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CORIA, MARIA JIMENA Y OTROS c/ EN-M DEFENSA- EJERCITO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la resolución que intimó al Estado Nacional a pagar los intereses adeudados, al considerar que no procede prorrogar el pago del saldo insoluto.

Intereses Estado nacional Deuda Personal militar y civil de las ffaa Diferimiento de pago

Cobro de intereses sobre crédito reconocido

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de apelación interpuesto por el Estado Nacional, confirmando la resolución que lo intimaba a depositar los intereses adeudados. El tribunal consideró que la posibilidad de diferir el pago solo podía extenderse al ejercicio 2022, y al haberse cancelado parcialmente la deuda, no procede prorrogar el pago del saldo insoluto. Cita jurisprudencia de la Corte Suprema y de la propia Sala que avalan esta interpretación.

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