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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS c/ PERERA, MARCELA FERNANDA s/EJECUCION FISCAL

El Fisco Nacional apeló una resolución que declaró incompetente a la Justicia Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias y estableció que la competencia corresponde a la Justicia Federal en lo Contencioso Administrativo.

Competencia Ejecucion fiscal Salario complementario Fuero de la seguridad social Recupero de beneficio social


¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

¿A quién se demanda?

Marcela Fernanda Perera

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo del beneficio de Salario Complementario otorgado por el Decreto 332/20 y luego revocado.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Contencioso Administrativo Federal admite parcialmente el recurso de apelación del Fisco. Deja sin efecto la decisión de atribuir competencia a la Justicia Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias y, en su lugar, declara la competencia del fuero de la Seguridad Social.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Los precedentes de la Cámara han establecido que, en casos similares de recupero de beneficios de la seguridad social, la competencia corresponde a la Justicia Federal de la Seguridad Social.
- El Decreto 332/20 y la normativa aplicable atribuyen a la ex AFIP (ahora ARCA) la facultad de fijar vencimientos, otorgar facilidades de pago y recuperar fondos del beneficio de Salario Complementario.
- La naturaleza "social" de la prestación y las normas que la regulan aconsejan que la cuestión se tramite ante el fuero de la Seguridad Social.
- Remiten al principio de especialización del fuero de la Seguridad Social en materia de aplicación de normas de ese ámbito.

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