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BRINDESI, CLAUDIO JOSE c/ UIF (EX 745/15 - RESOL 88/23) s/CODIGO PENAL - LEY 25246 - DTO 290/07 ART 25

El actor impugnó una resolución administrativa que le impuso sanciones por incumplimientos formales a la normativa antilavado. La Cámara Contencioso Administrativa Federal confirmó la validez de la sanción.

Sanciones administrativas Control judicial Discrecionalidad administrativa Lavado de activos Sujetos obligados Deberes formales


¿Quién es el actor?

Claudio José Brindesi

¿A quién se demanda?

Unidad de Información Financiera (UIF)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de Resolución RESAP-2023-88-APN-UIF#MEC del 2/6/23 que declaró la responsabilidad de Brindesi por incumplimientos a deberes formales de la Ley 25.246 de Prevención de Lavado de Activos y le impuso una multa de $550.000.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso interpuesto por Brindesi y confirmó la validez de la sanción.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Las normas del régimen penal administrativo imponen deberes formales, cuyo incumplimiento genera responsabilidad y sanción, sin necesidad de daño concreto.
- La graduación de la sanción es facultad discrecional de la autoridad administrativa, revisable judicialmente sólo en caso de arbitrariedad manifiesta.
- Los expedientes administrativos tienen valor probatorio, por lo que los incumplimientos formales se encuentran debidamente acreditados.

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