BRANDI, EDUARDO DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor obtuvo la reconsideración del cálculo de su haber previsional, confirmándose en apelación los criterios aplicados por el juez de primera instancia.
Reajustes por movilidad en el haber previsional
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenó a la ANSES pagar el haber recalculado y diferencias retroactivas.
Los principales fundamentos fueron:
- Se declaró la inconstitucionalidad de las Resoluciones ANSES 56/2018 y Secretaria de Seguridad Social 1/2018, que disponen la aplicación del índice combinado INGR-RIPTE en lugar del ISBIC.
- Se confirmó la aplicación del precedente "Makler" de la CSJN para el cómputo de los servicios autónomos.
- Se difirió el análisis de la procedencia del ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU) para el momento de la liquidación, conforme al fallo "Quiroga" de la CSJN.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas a la demandada vencida.
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