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FAURE, DANIELA NORMA c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/CIVIL y COMERCIAL-VARIOS

La actora promovió demanda por nulidad de préstamos y restitución de fondos debitados abusivamente. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda por incumplimiento del deber de seguridad del banco.

Relacion de consumo Deber de seguridad Entidad bancaria Restitucion de fondos Estafa telefonica

Nulidad de préstamos y restitución de fondos debitados abusivamente de sus cuentas, por presunta estafa telefónica.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda. Se declaró la nulidad de los préstamos y se ordenó la restitución de los fondos debitados. Fundamentos principales:
- El banco incumplió el deber de seguridad que le incumbe como proveedor de servicios bancarios en una relación de consumo, al no adoptar las medidas necesarias para evitar la maniobra fraudulenta de la que fue víctima la actora.
- La facilitación de datos por la actora mediante engaño no la exime de responsabilidad al banco, ya que este tenía el deber de prevención y no agravamiento del daño.
- El banco no acreditó haber adoptado los recaudos necesarios ni desplegado la diligencia debida para constatar la voluntad de su cliente y evitar el perjuicio patrimonial.

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