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AGUERO, JUAN RAMON c/ ANSES s/EJECUCION DE SENTENCIA

El actor demandó la ejecución de una sentencia previsional. La Cámara Federal de Rosario modificó parcialmente la sentencia y ordenó que no se retenga impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.

Costas Impuesto a las ganancias Planilla de liquidacion Ejecucion de sentencia previsional


¿Quién es el actor?

Juan Ramón Aguero

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de sentencia previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Ordenó que no se retenga impuesto a las ganancias sobre el retroactivo. Rechazó la pretensión del actor sobre los intereses por falta de precisión en la sentencia de primera instancia. Rechazó los agravios de la ANSES sobre la aprobación de la liquidación y la imposición de costas. Fundamentos principales:
- Sobre la exención del impuesto a las ganancias: "conforme los fundamentos vertidos por esta Sala, el 25 de agosto de 2022, dentro de los autos Nº FRO 24589/2019 caratulado "CALDERON, ANIBAL NORBERTO c/ ANSES s/EJECUCIÓN PREVISIONAL", en el que se determinó que no se debe descontar suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo
- tanto de capital como intereses
- reconocido por el reajuste de su haber, es que propongo hacer lugar a su agravio y revocar la sentencia en revisión en relación a la retención del impuesto a las ganancias sobre sumas retroactivas y ordenar a la ANSeS que, al momento del pago, no retenga ningún monto en concepto de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo calculado."
- Sobre la liquidación: "la demandada carece de agravio sobre el punto, dado que en fecha 10 de agosto de 2020 se ordenó que se corra traslado a las partes por el término de cinco días. Seguidamente, la actora le notificó por cédula electrónica el 19 de agosto de 2020, sin que la ejecutada haya impugnado la liquidación realizada por el experto contable. De lo expuesto, se desprende que la alegada indefensión no tuvo lugar en autos".
- Sobre las costas: "atento lo expuesto en los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación "Rueda, Orlinda" (del 15 de abril de 2004), "Robert, Daniel" (del 15 de mayo de 2014) y "Morales, Blanca" (del 22 de junio de 2023) y al resultado arribado, corresponde confirmar la imposición de costas a la ejecutada dispuesta en primera instancia, conforme lo dispuesto en el artículo 68 del C.P.C.C.N.".

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