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STOPPANI, MARIA LOURDES c/ FABRICA MILITAR FRAY LUIS BELGRAN Y DIRECCION GRAL DE FABRICACIONES MILITARES s/COBRO DE PESOS/SUMAS DE DINERO

La actora promovió demanda por cobro de indemnización por despido arbitrario. La Cámara Federal confirmó la sentencia que condenó a la Dirección General de Fabricaciones Militares a abonar la indemnización prevista en la ley 25.164.

Dano moral Indemnizacion Ley 25 164 Despido arbitrario Contrato temporario Ramos


¿Quién es el actor?

María Lourdes Stoppani

¿A quién se demanda?

Fábrica Militar Fray Luis Beltrán y Dirección General de Fabricaciones Militares

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnización por despido arbitrario

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la DGFM abonar la indemnización del art. 11 de la ley 25.164. Los principales fundamentos fueron:
- Las tareas realizadas por la actora no eran transitorias sino permanentes, por lo que correspondía la indemnización del art. 11 de la ley 25.164.
- Se aplicó correctamente el antecedente "Ramos" de la CSJN, que permite considerar ilegítima la utilización de contratos temporarios para encubrir una relación laboral permanente.
- No correspondía indemnizar por daño moral y psíquico, pues no se acreditó un daño concreto más allá de los sufrimientos normales ante un despido.
- Se confirmó la tasa de interés pasiva del BCRA aplicada.

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