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VILLEGAS, JOSE LUIS (EN REP DE SU HIJO) Y OTRO c/ OSDE s/AMPARO LEY 16.986

Padres de menor con Síndrome de Noonan obtienen cobertura integral de tratamiento con hormona de crecimiento. La Cámara Federal confirmó el fallo que ordenó a OSDE cubrir al 100% el medicamento requerido.

Obra social Interes superior del nino Derecho a la salud Cobertura integral Enfermedad poco frecuente Sindrome de noonan

¿Qué se resolvió en el fallo?

Los padres de un menor de 10 años con diagnóstico de "retardo de crecimiento secundario a Síndrome de Noonan" iniciaron una acción de amparo contra OSDE para obtener la cobertura integral del tratamiento con la hormona de crecimiento Somatotrofina Omnitrope 10 mg. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando a OSDE cubrir el 100% del tratamiento indicado por el médico tratante. OSDE apeló dicha decisión. La Cámara Federal confirmó el fallo de primera instancia. Destacó que la ley 26.689 sobre enfermedades poco frecuentes establece la obligación de los agentes del seguro de salud de brindar cobertura integral a estas patologías. Además, remarcó que debe priorizarse el interés superior del niño y su derecho a la salud, dada la gravedad de la dolencia y la necesidad del tratamiento indicado.

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