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BULACIOS, LUCIA AZUCENA c/ ANSES Y OTRO s/REAJUSTES VARIOS

La actora logró que se declara la nulidad de una resolución de ANSES y que se recalcule su haber previsional mínimo, confirmándose la decisión en segunda instancia.

Renta vitalicia Anses Ley 24 241 Art 14 bis cn Ley 26 425 Movilidad previsional Haber minimo


¿Quién es el actor?

Lucía Azucena Bulacios

¿A quién se demanda?

ANSES y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo y reajuste del componente de renta vitalicia del haber previsional de la actora

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, declarando la nulidad de la resolución de ANSES y ordenando el recálculo y reajuste del haber en un plazo de 120 días. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia. Los fundamentos principales fueron:
- El derecho a una jubilación digna que permita subsistir surge del art. 14 bis de la Constitución Nacional.
- La Corte Suprema ha establecido que aun cuando el beneficiario opte por el sistema de capitalización, el Estado debe garantizar el haber mínimo.
- La movilidad de las prestaciones previsionales es un mandato constitucional que el Estado debe cumplir, supliendo las deficiencias del régimen de la Ley 24.241.

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