IRAPORDA HEBE EN REP DE SU HIJA, SAVES MARIA SOLEDAD c/ MEDICUS SA s/PRESTACIONES MEDICAS
La actora promovió acción de amparo para que se ordene a la obra social brindar la cobertura integral del tratamiento psiquiátrico de su hija. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Hebe Iraporda, en representación de su hija M.S.S., promovió acción de amparo contra Medicus S.A. a fin de que se le ordene brindar la cobertura continua e integral del tratamiento psiquiátrico de su hija en una clínica privada y la provisión de la medicación indicada por los profesionales médicos. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo. Consideró que el derecho a la salud y a la vida son derechos fundamentales amparados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales con jerarquía constitucional. Aplicó la Ley de Salud Mental y el Plan Integral para el Abordaje de los Consumos Problemáticos, que obligan a las obras sociales a brindar la cobertura integral de estos tratamientos. Señaló que la obra social tenía la obligación de dar una respuesta rápida por las características y consecuencias negativas que podría acarrear la falta del tratamiento.
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