OSORES, LUCIA ANTONIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Tucumán confirmó el reajuste del haber de pensión de la Sra. Osores en base a la aplicación de las distintas leyes de movilidad.
Reajuste del haber de pensión derivada del fallecimiento de su cónyuge
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó a la ANSES reajustar el haber de pensión de la actora.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El derecho de pensión se rige por la ley vigente a la fecha de cesación de servicios del causante.
- Una vez concedido el beneficio previsional, éste pasa a integrar el patrimonio de la persona y goza de la protección constitucional del derecho de propiedad.
- Respecto a la movilidad, se aplicarán las diferentes leyes y decretos que estuvieron vigentes en los distintos períodos, conforme a los criterios jurisprudenciales establecidos.
- No hubo apelación de la actora, por lo que se confirma la sentencia de primera instancia.
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