SICOLO SANDRA EDITH, EN REP. DE SICOLO ALFONSO ANTONIO c/ SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR DE LA POLICIA FEDERAL ARGENTINA, DIRECCION GENERAL DE OBRA SOCIAL s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia que impuso las costas a la obra social demandada por incumplir la medida cautelar dictada en favor del afiliado fallecido.
¿Quién es el actor?
Sandra Edith Sicolo, en representación de su padre Alfonso Antonio Sicolo
¿A quién se demanda?
Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina, Dirección General de Obra Social
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Lograr la cobertura del precio del Hogar Geriátrico San Pantaleón hasta el máximo valor previsto.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró abstracta la cuestión e impuso las costas a la demandada por incumplir la medida cautelar dictada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 16.986 establece que las costas se imponen al vencido, como resarcimiento por los gastos en que tuvo que incurrir.
- Si bien este principio no es absoluto, en el caso se acreditó que la obra social no dio respuesta al reclamo extrajudicial y recién comenzó las gestiones después de la medida cautelar, la cual fue parcialmente confirmada por la Cámara.
- Impedir que la necesidad de recurrir al proceso para la defensa del derecho se convierta en un daño para quien se ve constreñido a accionar o defenderse en juicio.
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