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GOROSITO MARIA JOSE (EN REP. DE SU HIJA MENOR R.G.) c/ AVALIAN s/AMPARO CONTRA ACTOS DE PARTICULARES

La actora promovió demanda de amparo contra la empresa de medicina prepaga AVALIAN por la desafiliación del grupo familiar. La Cámara Federal de Rosario modificó la sentencia y ordenó la reincorporación sin el cobro de un valor diferencial.

Honorarios Discapacidad Medicina prepaga Derecho a la salud Amparo Preexistencia


¿Quién es el actor?

MARIA JOSE GOROSITO, en representación de su hija menor R.G.

¿A quién se demanda?

AVALIAN

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se ordene a AVALIAN la reincorporación del grupo familiar sin cobro de valor diferencial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia y ordenó la reincorporación sin autorizar a AVALIAN a cobrar un valor diferencial, en base a que no se acreditó la preexistencia de la patología de la menor ni la mala fe de la actora. Destacó la protección constitucional y convencional del derecho a la salud, en especial de niños y personas con discapacidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El derecho a la salud de la actora se encuentra amparado por nuestra Carta Magna (arts. 16, 31 y 75, incs. 22 y 23), así como por un amplio marco legal de naturaleza constitucional. Asimismo, y atento a su situación de persona con discapacidad, encuentra especial protección en las disposiciones de la Ley 22.431 y Ley 23.661." "No se ha acreditado el carácter de preexistente de la patología que aqueja a la menor, por lo que no corresponde la aplicación del art. 10 in fine de la Ley 26.682 que autoriza valores diferenciales." "Fijar los honorarios del letrado de la actora en 20 UMA por el principal y 5 UMA por la cautelar, por resultar escasos los regulados en primera instancia."

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