BUCKING, ENRIQUE FRANCISCO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS
El actor cuestionó el cálculo de la Prestación Básica Universal y la aplicación de índices de actualización. La Cámara Federal modificó la sentencia para utilizar el ISBIC en el reajuste de la Prestación Básica Universal.
Reajustes en el cálculo de la Prestación Básica Universal y la aplicación de índices de actualización
¿Qué se resolvió?
- Se modifica la sentencia de primera instancia en cuanto a la actualización de la Prestación Básica Universal, debiendo utilizarse el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) para el período hasta febrero de 2009, y luego lo previsto en la Ley 26.417.
- Se desestiman los agravios de la ANSES respecto a la posibilidad de actualizar la Prestación Básica Universal, dejando a salvo el derecho del actor para acreditar los extremos necesarios en etapa de ejecución.
- No se imponen costas en la Alzada por no haber mediado intervención de la contraria.
Fundamentos relevantes:
- La Prestación Básica Universal (PBU) es un beneficio fundamental, uniforme y con finalidad redistributiva, que no guarda proporcionalidad con los aportes ni la remuneración del afiliado.
- Conforme a los precedentes "Quiroga" y "Pichersky", la actualización de la PBU debe quedar a resguardo para que el actor pueda acreditar los extremos necesarios en etapa de ejecución.
- Respecto a la actualización de la PBU, debe utilizarse el índice ISBIC hasta febrero de 2009 y luego lo previsto en la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas.
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