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BUCKING, ENRIQUE FRANCISCO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

El actor cuestionó el cálculo de la Prestación Básica Universal y la aplicación de índices de actualización. La Cámara Federal modificó la sentencia para utilizar el ISBIC en el reajuste de la Prestación Básica Universal.

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Reajustes en el cálculo de la Prestación Básica Universal y la aplicación de índices de actualización

¿Qué se resolvió?


- Se modifica la sentencia de primera instancia en cuanto a la actualización de la Prestación Básica Universal, debiendo utilizarse el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) para el período hasta febrero de 2009, y luego lo previsto en la Ley 26.417.
- Se desestiman los agravios de la ANSES respecto a la posibilidad de actualizar la Prestación Básica Universal, dejando a salvo el derecho del actor para acreditar los extremos necesarios en etapa de ejecución.
- No se imponen costas en la Alzada por no haber mediado intervención de la contraria. Fundamentos relevantes:
- La Prestación Básica Universal (PBU) es un beneficio fundamental, uniforme y con finalidad redistributiva, que no guarda proporcionalidad con los aportes ni la remuneración del afiliado.
- Conforme a los precedentes "Quiroga" y "Pichersky", la actualización de la PBU debe quedar a resguardo para que el actor pueda acreditar los extremos necesarios en etapa de ejecución.
- Respecto a la actualización de la PBU, debe utilizarse el índice ISBIC hasta febrero de 2009 y luego lo previsto en la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas.

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