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BENITEZ, CLEMENTINO c/ OSPIM s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para que la obra social incorpore a su cónyuge y su hijo con discapacidad como afiliados. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda ordenando la afiliación del hijo.

Arbitrariedad Obra social Discapacidad Derecho a la salud Vulnerabilidad Amparo Afiliacion


¿Quién es el actor?

Clementino Benitez

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de la Industria Maderera (OSPIM)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incorporar como afiliados adherentes a su cónyuge María Rosa Nievas y a su hijo S.B.B. con discapacidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando a OSPIM afiliar al hijo del actor.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se encuentra acreditada la afiliación del actor, su vínculo con el hijo y la condición de discapacidad de este último. La obra social tiene la obligación legal de incorporarlo a su padrón de afiliados.
- Se tuvo por probado que el actor envió cartas documento a la delegación de OSPIM en Concordia reclamando la afiliación de su hijo, las cuales fueron rechazadas sin justificación, configurando una actitud arbitraria e ilegal de la demandada.
- No puede reprocharse al actor que no cumpliera con trámites de afiliación cuando la obra social no respondió a sus reclamos y no indicó los pasos a seguir.
- Respecto a la afiliación de la cónyuge, se confirmó el rechazo por estar ya afiliada desde 2006.

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