OLGUIN, CARLOS MARIA c/ ANSES (ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL) s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda por reajuste y movilidad de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Paraná modificó parcialmente la sentencia y levantó la declaración de inconstitucionalidad de algunos decretos.
¿Quién es el actor?
Carlos María Olguin
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste y movilidad del haber jubilatorio del actor
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia. Dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad de los decretos 163, 495, 692 y 899 de 2020, así como la imposición del plazo de 30 días para que ANSES efectúe la liquidación, aplicando el plazo de 120 días hábiles de la ley 24.463. Mantuvo la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la imposición de costas en el orden causado.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema ha establecido que los jueces inferiores deben conformar sus decisiones a los precedentes del máximo tribunal.
- Los decretos 163, 495, 692 y 899 de 2020 fijaban pautas de movilidad para ese año, pero no eran aplicables al actor que obtuvo su beneficio en 2021.
- Respecto a la retención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos previsionales, si bien la Corte Suprema revocó el criterio previo de este tribunal sobre la necesidad de integrar la causa con AFIP-DGI, se consideró que en esta etapa procesal no corresponde analizar si procede o no esa retención, por la ausencia de liquidación.
- El plazo de 30 días fijado por el juez de primera instancia para que ANSES efectúe la liquidación, es contradictorio con el plazo de 120 días hábiles establecido en la ley 24.463.
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