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RICARDONE, ARMANDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal confirmó la sentencia que ordenó a la ANSeS el pago del haber recalculado y diferencias retroactivas, tras declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones que aplicaban el índice RIPTE en lugar del ISBIC.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Seguridad social Reajuste de haberes Ripte Isbic

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor promovió demanda contra la ANSeS solicitando el reajuste de su haber jubilatorio. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda. La ANSeS apeló, impugnando el índice utilizado para la actualización de las remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial, y solicitando la aplicación del índice combinado previsto en la ley 27.260. La Cámara Federal confirmó la sentencia apelada. Declaró de oficio la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y de la Secretaria de Seguridad Social N° 1/2018 que imponían el uso del índice RIPTE, y la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 que limitaba la imposición de costas a los jubilados. En consecuencia, impuso las costas a la demandada vencida, de conformidad con el art. 36 de la ley 27.423.

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