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KLUG, NOEMI c/ PAMI s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para obtener la provisión de baterías para su silla de ruedas. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo, al considerar que la obra social demandada actuó de manera arbitraria al demorar injustificadamente la entrega del insumo médico.

Arbitrariedad Obra social Salud Amparo Prestaciones medicas Silla de ruedas Baterias


- Actora: Sra. Noemí Klug

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)
- Objeto de la demanda: Provisión urgente de baterías para silla de ruedas (2 unidades de 100 amperes de 12 voltios), prescriptas por la médica tratante debido al diagnóstico de "paraplejia flácida" que padece la actora.
- Decisión del tribunal: La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo. Fundamentos principales:
- La demora excesiva y la omisión de PAMI de entregar lo requerido evidencian una actitud arbitraria que lesiona los derechos de la afiliada.
- No basta con la mera autorización de la prestación, sino que la obra social debe garantizar el efectivo acceso a las prestaciones de salud, removiendo los obstáculos.
- La salud como valor y derecho humano fundamental goza de reconocimiento y protección en diversos instrumentos internacionales de DDHH.

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