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RODRIGUEZ, MARIA LOURDES (POR LA REPR. INVOCADA) c/ SANCOR SALUD s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió demanda de amparo para que la obra social cubra estimulación visual y acompañante terapéutico de su hija con discapacidad. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo.

Obra social Discapacidad Seguridad social Amparo Ley 24 901 Acompanante terapeutico Estimulacion visual

Cobertura integral de estimulación visual y acompañante terapéutico.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar al amparo y se ordena a la obra social brindar las prestaciones requeridas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Existe prescripción médica y fundamentación para la necesidad del acompañante terapéutico.
- La figura del "acompañante terapéutico" se encuadra en las "prestaciones de apoyo" previstas en la Ley 24.901.
- La profesional propuesta como acompañante cuenta con la formación adecuada.
- El monto presupuestado para el acompañante es inferior al valor del nomenclador, por lo que corresponde confirmarlo.
- Existe justificación médica para ampliar las sesiones de estimulación visual.

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