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CUENCA, ADOLFO c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo contra ANSES por el descuento en su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a ANSES cesar los descuentos y liquidar los montos retenidos.

Costas Inconstitucionalidad Jubilacion Seguridad social Amparo Reglamentacion Descuentos Ley 26 727

¿Qué se resolvió en el fallo?

Que ANSES se abstenga de continuar afectando el 5% de su haber jubilatorio hasta que se reglamente la aplicación del art. 83 de la Ley 26.727 y que se informe el monto a descontar por aportes omitidos. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación de ANSES y confirmó la sentencia que hizo lugar al amparo. Señaló que el amparo era la vía adecuada dado el carácter alimentario de la prestación y que la ANSES no había reglamentado el art. 83 de la Ley 26.727, por lo que correspondía ordenar la liquidación y proceder según corresponda. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y aplicó el art. 36 de la Ley 27.423 para imponer las costas a ANSES. Fundamentos principales: "Que el amparo es la vía adecuada para la dilucidación del presente litigio, toda vez que a través de esta se procura atender a situaciones particulares y en alguna medida excepcionales, en donde la urgencia del caso y el daño inexorable, se manifiesten de forma patente." "En efecto, no obstante existir un claro mandato legislativo, la autoridad pública -Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
- ha omitido dictar las normas aclaratorias y complementarias para la aplicación de la ley Nº 26.727 -cuya promulgación data de diciembre de 2012
- lo que ha llevado a la implementación de un sistema de formulación de "cargos" de carácter preventivo respecto de aportes anteriores al 01/01/2012."

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