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QUINTEROS, SILVERIO DE JESUS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA EJERCITO ARGENTINO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS

El actor reclamó el carácter remunerativo y bonificable del suplemento "Zona" para personal militar retirado. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia que rechazó la demanda, aplicando la jurisprudencia de la Corte Suprema sobre la naturaleza particular de este suplemento.

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Que se reconozca el carácter remunerativo y bonificable del suplemento "Zona" para el personal militar retirado
- Decisión: Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia que desestimó la demanda
- Fundamentos:
- La Ley 19.101 excluye a los suplementos particulares como el "Suplemento Zona" del cálculo de los haberes de retiro.
- La jurisprudencia de la Corte Suprema ("Bovarí de Díaz", "Villegas Osiris", "Picone") estableció que para que un suplemento sea considerado general, debe estar otorgado a la totalidad del personal militar en actividad, o que la mayoría lo perciba, lo que no ocurre con el "Suplemento Zona".
- El carácter provisorio y ligado al destino del militar del "Suplemento Zona" revela que existe un vínculo inescindible con el ejercicio activo del cargo, ya que cesa cuando finaliza la función o el militar es trasladado a un destino sin derecho al suplemento.

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