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MAMANI, CONCEPCION DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSES por reajustes en su beneficio jubilatorio. La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente la sentencia de primera instancia ordenando el recálculo del haber inicial y la movilidad aplicando la normativa correspondiente a los servicios comunes y docentes.

Jubilacion Seguridad social Movilidad Principio de integralidad Reajustes Servicios docentes Beneficio unico

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La demandante, Concepción del Carmen Mamaní, obtuvo un beneficio jubilatorio conforme a la ley 24.241 con fecha de adquisición del derecho el 1/8/18, acreditando servicios en relación de dependencia en el Ministerio de Educación de la Provincia de Salta como administrativa y docente.
- La jueza de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el recálculo del haber inicial y la posterior movilidad considerando ambas líneas de servicios (comunes y docentes).
- La Cámara Federal de Salta confirmó lo resuelto en cuanto al recálculo del haber inicial, pero modificó la sentencia en relación a la movilidad, ordenando que se apliquen los índices correspondientes a cada régimen (ley 26.417 y ley 27.426).
- También confirmó el diferimiento del análisis sobre la procedencia del recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), y rechazó los agravios sobre los topes previstos en la ley 24.241, salvo el del art. 14 de la resolución SSS 6/09 que revocó y difirió su tratamiento para la etapa de ejecución.
- La Cámara ordenó integrar el haber inicial liquidando la línea de servicios docentes conforme al art. 4° de la ley 24.016.

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