PUJOL, FELIPE HUGO c/ OBRA SOCIAL JERARQUICOS DE SALUD Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
La demandada apeló la regulación de honorarios a la abogada del actor en un proceso de amparo. La Cámara Federal confirmó la regulación efectuada.
¿Quién es el actor?
Felipe Hugo Pujol
¿A quién se demanda?
Obra Social Jerárquicos Salud
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo para que la obra social se abstenga de cobrar diferencia de plan y reintegre lo abonado en exceso, y para que ANSES transfiera los aportes a la obra social.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al amparo, ordenando a la obra social mantener la afiliación en el mismo plan y condiciones, y a ANSES transferir los aportes. Se impusieron costas a la vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La ley 27.423 establece un mínimo de 20 UMA para honorarios en acciones de amparo, pero faculta a los jueces a ponderar pautas generales del art. 16 incluso apartándose del mínimo, cuando el asunto no fuera susceptible de apreciación pecuniaria.
- En el caso, la jueza de primera instancia reguló los honorarios de la abogada del actor en 12 UMA, ponderando la labor desarrollada, la complejidad y el resultado obtenido.
- La Cámara considera razonable dicho criterio, en pos de armonizar el derecho de propiedad del deudor y el derecho a justa retribución del acreedor.
- Se imponen las costas por su orden.
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