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SILVIO JAVIER VALDEZ EN REP. DE SU HIJO c/ AMSS s/AMPARO LEY 16.986

El demandante interpuso recurso extraordinario ante la Corte Suprema contra el rechazo de su demanda de amparo. La Cámara Federal denegó el recurso extraordinario al entender que no se cumplían los requisitos de procedencia.

Recurso extraordinario Obra social Interes publico Amparo Valor disputado

Amparo Ley 16.986

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal denegó el recurso extraordinario interpuesto por el actor contra la sentencia que revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de amparo. Fundamentos principales:
- El recurso directo ante la Corte Suprema implica una tercera instancia, que es una excepción al sistema de doble instancia y procede en supuestos tasados por la ley, como cuestiones de interés público, trascendencia económica y social, o cuantías superiores a $200.000.000, lo que no se configura en este caso.
- Por lo tanto, corresponde denegar el recurso extraordinario interpuesto, de conformidad con lo establecido por el art. 24 inc. 6°) del Decreto-Ley 1285/58 (ley 21.708).

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