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ESCUDERO, CARLOS DANTE c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Afiliado demanda a ANSES por retiro transitorio por invalidez. La Cámara Federal de Apelaciones modifica la sentencia de primera instancia y ordena recalcular el haber inicial.

Retiro transitorio por invalidez Ley 24 241 Csjn Ley 27 426 Aportante regular Recalculo haber inicial Precedente tarditti

Obtener el beneficio de retiro transitorio por invalidez

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones rechaza los agravios de ANSES respecto al otorgamiento del beneficio, considerando a Escudero como "aportante regular" según la jurisprudencia de la CSJN. Sin embargo, hace lugar parcialmente al reclamo de ANSES respecto al recálculo del haber inicial, debiendo aplicarse lo dispuesto en la Ley 27.426. Los principales fundamentos de la decisión son:
- Escudero acreditó 27 años y 10 meses de aportes, lo que lo ubica como "aportante regular" según la jurisprudencia de la CSJN que establece una proporcionalidad con el mínimo de años exigidos para la jubilación ordinaria.
- Respecto al recálculo del haber inicial, corresponde aplicar lo dispuesto en la Ley 27.426 que sustituyó el art. 2 de la Ley 26.417.

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