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BALESTIERI, CARLOS DANILO c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/REAJUSTES VARIOS

El actor, beneficiario de renta vitalicia previsional, promovió demanda contra ANSES por reajuste de su haber. La Cámara Federal de Resistencia confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el reajuste del haber y dispuso que los retroactivos no pueden ser objeto de retención por el impuesto a las ganancias.

Vulnerabilidad Impuesto a las ganancias Movilidad Reajuste Renta vitalicia previsional Derechos previsionales

Reajuste del haber previsional (Retiro por Invalidez
- Renta Vitalicia)

¿Qué se resolvió?

El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando el reajuste del haber previsional y que los retroactivos no puedan ser objeto de retención por el Impuesto a las Ganancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 26.425 excluyó a las rentas vitalicias de la órbita de ANSES, privándolas del derecho a la movilidad. Esto viola el principio de igualdad, por lo que corresponde aplicar la doctrina de la CSJN sobre el derecho a la movilidad de las rentas vitalicias.
- Respecto a la retención por Impuesto a las Ganancias, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN, hasta que el Congreso legisle sobre el punto, no puede retenerse suma alguna de la prestación previsional.
- La decisión no invade facultades del Poder Legislativo, sino que se limita a dar solución al caso concreto, haciendo efectivos los derechos constitucionales.

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