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(CM) LLANES, RAQUEL CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Salta modificó la sentencia de primera instancia ordenando actualizar el haber conforme a la legislación vigente e incorporar sumas no remunerativas percibidas por la actora.

Seguridad social Movilidad Prestacion basica universal Reajuste jubilatorio Tope remuneratorio Remuneraciones no sujetas a aportes


- Actora: Raquel Cristina Llanes

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación. Ordenó: 1) Reajustar el haber jubilatorio de la actora conforme a las leyes 26.417, 27.426 y decretos reglamentarios. 2) Diferir para la etapa de ejecución el tratamiento de la procedencia del recálculo de la Prestación Básica Universal. 3) Revocar la decisión sobre el tope del art. 14 de la Resolución SSS 6/09 y diferir su análisis para la etapa de ejecución. 4) Reconocer el carácter remunerativo de ciertos adicionales percibidos por la actora y ordenar su inclusión en el cálculo del haber inicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En relación al reajuste por movilidad, corresponde remitirse a los antecedentes de la Sala.
- Respecto al diferimiento del análisis sobre la PBU, se ajusta a la jurisprudencia de la CSJN.
- En cuanto al tope del art. 14 de la Res. SSS 6/09, es necesario contar con la liquidación definitiva para analizar si genera una quita confiscatoria.
- Los adicionales percibidos por la actora deben considerarse remunerativos por su habitualidad y regularidad, de acuerdo a la doctrina de la CSJN en "Rainone de Ruffo".

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