FABIAN, MARIA LUCIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Salta modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó diferir para la etapa de liquidación la valoración sobre la integralidad de la prestación inicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Lucía Fabián, demandó a la ANSES por reajustes en su haber jubilatorio.
- El juez de primera instancia hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenando el recálculo del haber inicial y la aplicación de la movilidad conforme pautas legales.
- Tanto la actora como la ANSES apelaron la sentencia.
- La Cámara Federal de Salta rechazó el recurso de la ANSES y confirmó lo resuelto en primera instancia respecto al recálculo del haber y la movilidad.
- Sin embargo, la Cámara revocó el rechazo de la aplicación de una tasa de sustitución y difirió para la etapa de liquidación la valoración sobre la integralidad de la prestación inicial redeterminada.
- La Cámara confirmó la imposición de costas a la ANSES como vencida.
Fundamentos principales:
- En relación al recálculo del haber inicial, la Cámara aplicó el criterio establecido en los precedentes "García" y "Díaz Cortez" sobre la aplicación del índice ISBIC, siguiendo el criterio de la CSJN en "Blanco".
- Sobre la PBU, la Cámara confirmó el diferimiento del análisis de su recálculo para la etapa de liquidación, siguiendo su jurisprudencia previa.
- En cuanto a la tasa de sustitución, la Cámara revocó el rechazo de primera instancia y difirió su análisis para la etapa de liquidación.
- Respecto a la movilidad, la Cámara confirmó la aplicación de la ley 26.417 hasta marzo de 2018 y remitió a sus precedentes "Caliva" y "Márquez" para el período posterior.
- Sobre los topes, la Cámara remitió a su precedente "Márquez" donde convalidó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 24 y 26 de la ley 24.241.
- En relación a los intereses, la Cámara rechazó el planteo del actor de aplicar una tasa combinada IPC-SMVM y confirmó la tasa pasiva.
- Finalmente, la Cámara rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la prohibición de actualización monetaria.
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