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VENTURI, CARLOS ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El accionante reclamó un reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal confirmó la sentencia que aplicó el índice ISBIC hasta febrero de 2009 y luego las pautas de la ley 26.417, declarando inconstitucionales normas que impedían esa actualización.

Inconstitucionalidad Jubilacion Seguridad social Movilidad Anses Isbic


¿Quién es el actor?

Carlos Antonio Venturi

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó los recursos de ambas partes. Confirmó la aplicación del ISBIC hasta febrero 2009 y luego las leyes 26.417, 27.426 y 27.609. Declaró inconstitucionales resoluciones de ANSES que impedían esa actualización, así como el art. 3 del DNU 157/2018. Impuso las costas en el orden causado. Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema estableció que los jueces inferiores deben conformar sus decisiones a los precedentes del máximo tribunal.
- El ISBIC debe aplicarse para actualizar aportes en relación de dependencia hasta febrero 2009, luego rigen las leyes 26.417 y siguientes.
- Es inconstitucional la aplicación de resoluciones de ANSES que impidan el uso del ISBIC.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y aplicar el art. 36 de la ley 27.423 sobre costas.

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