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BENITEZ, EGBERTO RAMON c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL - ESTADO NACIONAL- s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

El actor reclamó recomposición de los haberes mensuales por antigüedad y gastos de servicio. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó abonar la diferencia entre lo efectivamente percibido y lo que corresponde por el suplemento de antigüedad conforme la normativa vigente con anterioridad al Decreto N° 586/19.

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Recomposición de haberes mensuales por suplemento de antigüedad (SAS) y gastos de prestación de servicio

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal modificó la sentencia de primera instancia y ordenó abonar la diferencia entre lo efectivamente percibido y lo que corresponde por el SAS conforme la normativa vigente previa al Decreto N° 586/19, que redujo el porcentaje del 2% al 0,5% del haber mensual. Asimismo, ordenó detallar la liquidación del suplemento "Gastos por Prestación de Servicio" en anexo. Los fundamentos principales fueron:
- El Poder Ejecutivo tiene facultad para fijar la política salarial, pero ello no puede alterar la equiparación del régimen remunerativo del Servicio Penitenciario Federal con el de la Policía Federal establecida por la Ley N° 20.416.
- La reducción del porcentaje del SAS del 2% al 0,5% del haber mensual implica una alteración violatoria de la mencionada norma de mayor jerarquía.
- Corresponde mantener el porcentaje del 2% para el cálculo del SAS, tal como rige para el personal de la Policía Federal.

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