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LESCANO, HUMBERTO FABIAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Paraná modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando el plazo de 30 días otorgado para que el actor practique la liquidación correspondiente.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Prevision social Isbic Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

Humberto Fabián Lescano

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional del actor

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Paraná rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.609 sobre movilidad previsional, pero declaró inconstitucional la Resolución 56/2018 de ANSES en cuanto al índice ISBIC. Revocó el plazo de 30 días otorgado al actor para practicar la liquidación, debiendo ser ANSES quien cumpla en 120 días hábiles. Confirmó lo demás. Fundamentos principales:
- El Congreso es el ámbito natural para debatir los mecanismos de movilidad previsional, por lo que no corresponde declarar la inconstitucionalidad de la ley 27.609.
- Procede utilizar el índice ISBIC para la actualización de aportes previsionales anteriores a febrero 2009, conforme jurisprudencia de la CSJN.
- El plazo de 30 días para que el actor practique la liquidación es contradictorio con el artículo 22 de la ley 24.463, que establece 120 días hábiles para que ANSES cumpla la sentencia.

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