MODARELLI, MARISA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el ajuste de su haber jubilatorio por la aplicación de la movilidad prevista en la ley 24.016 para docentes. La Cámara Federal confirmó la sentencia y determinó que el haber jubilatorio debe actualizarse automáticamente, sin necesidad de que el jubilado solicite cada vez un reajuste.
Reajuste del haber jubilatorio conforme la movilidad prevista en la ley 24.016 para docentes
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia y ordenó que el haber jubilatorio se actualice automáticamente sin necesidad de que el jubilado solicite cada reajuste. Además, eximió del pago de impuesto a las ganancias sobre el retroactivo e intereses, por entender que estos montos están exentos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que no corresponde gravar con impuesto a las ganancias los montos retroactivos de haberes jubilatorios, ya que constituyen una actualización monetaria y no una ganancia. Además, señaló que el jubilado no debe verse obligado a solicitar cada reajuste, debiendo el organismo previsional obtener los datos necesarios para mantener actualizado el haber.
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