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AGUIRRE, GUILLERMO OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia y aplicó el índice RIPTE para la actualización de las remuneraciones anteriores a 2009, pero confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social Movilidad Reajuste Retroactivos Ripte Makler


¿Quién es el actor?

Guillermo Osvaldo Aguirre

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recálculo del haber inicial y reajuste por movilidad del beneficio previsional

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente al recurso de ANSES. Se aplica el índice RIPTE para actualizar las remuneraciones anteriores a 2009, pero se confirma la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos. Fundamentos principales:
- La parte actora obtuvo su beneficio en febrero de 2022, por lo que le es aplicable la ley 26.417 que establece el índice combinado para la actualización de remuneraciones a partir de esa fecha.
- Para los aportes autónomos, corresponde aplicar el método desarrollado en el precedente "Makler" para determinar el haber inicial.
- No corresponde la limitación del haber reajustado conforme al precedente "Villanustre", pues este criterio es aplicable al régimen de la ley 18.037 y no a la ley 24.241.
- Los haberes previsionales y sus retroactivos no deben tributar el impuesto a las ganancias, en concordancia con la jurisprudencia consolidada de la CSJN y de esta Cámara.

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