AGUIRRE, GUILLERMO OSVALDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia y aplicó el índice RIPTE para la actualización de las remuneraciones anteriores a 2009, pero confirmó la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.
¿Quién es el actor?
Guillermo Osvaldo Aguirre
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recálculo del haber inicial y reajuste por movilidad del beneficio previsional
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso de ANSES. Se aplica el índice RIPTE para actualizar las remuneraciones anteriores a 2009, pero se confirma la exención del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.
Fundamentos principales:
- La parte actora obtuvo su beneficio en febrero de 2022, por lo que le es aplicable la ley 26.417 que establece el índice combinado para la actualización de remuneraciones a partir de esa fecha.
- Para los aportes autónomos, corresponde aplicar el método desarrollado en el precedente "Makler" para determinar el haber inicial.
- No corresponde la limitación del haber reajustado conforme al precedente "Villanustre", pues este criterio es aplicable al régimen de la ley 18.037 y no a la ley 24.241.
- Los haberes previsionales y sus retroactivos no deben tributar el impuesto a las ganancias, en concordancia con la jurisprudencia consolidada de la CSJN y de esta Cámara.
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