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FERNANDEZ, EDUARDO ENRIQUE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas en un 80% a la demandada ANSES y reduciendo los honorarios de los profesionales.

Costas Honorarios profesionales Impuesto a las ganancias Seguridad social Reajuste Haber jubilatorio Ley 26 417 Indice isbic

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a la imposición de costas y los honorarios profesionales. Los principales fundamentos fueron:
- Se rechazó el agravio de ANSES sobre la exención del Impuesto a las Ganancias, siguiendo la doctrina de la CSJN en "Cavallaro Marta Rosa".
- Respecto al reajuste del haber inicial, se consideró que correspondía aplicar el índice combinado previsto en la Ley 26.417, y no el ISBIC, dado que el beneficio está alcanzado por dicha normativa.
- En cuanto a las costas, se impusieron en un 90% a ANSES y 10% en el orden causado en primera instancia, y en un 80% a ANSES y 20% en el orden causado en segunda instancia, conforme lo establecido en la Ley 27.423.
- Los honorarios profesionales se regularon en un 30% de lo previsto en primera instancia.

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