AVACA, ADOLFO HUGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor obtuvo sentencia favorable en primera instancia para recalcular su haber jubilatorio inicial y por movilidad. La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia, declarando inconstitucionales las resoluciones administrativas que fijaban el índice RIPTE como pauta de movilidad.
Recálculo de haber inicial y por movilidad de su jubilación
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el recálculo del haber inicial aplicando el índice ISBIC
- Se declara inconstitucional la Resolución ANSES 56/2018 y la Resolución SS 1/2018 que establecían el índice RIPTE para movilidad
- Se rechaza el planteo de inconstitucionalidad de los topes, diferido a etapa de liquidación
- Se confirma la exención del pago de impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio y los retroactivos
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Corte Suprema en "Blanco" declaró inconstitucionales las resoluciones que impusieron el RIPTE, correspondiendo la aplicación del índice ISBIC
- Los haberes jubilatorios no pueden ser alcanzados por el impuesto a las ganancias, por principios de integralidad y proporcionalidad previsional
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