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PALLERO, CARLOS NESTOR c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/AMPARO LEY 16.986

El actor obtuvo beneficio de pensión por renta vitalicia sin componente público, pero la Cámara confirmó que debe percibir el haber mínimo garantizado por la seguridad social.

Inconstitucionalidad Seguridad social Integracion Renta vitalicia previsional Pension Desigualdad Haber minimo

Integración del haber mínimo legal garantizado de su pensión por renta vitalicia previsional sin componente público

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES completar el monto faltante en la renta vitalicia de la actora hasta alcanzar el haber mínimo legal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Ley 26.425 unificó el sistema previsional en el SIPA de reparto, pero los beneficios de renta vitalicia sin componente público continúan abonándose por las compañías de seguros.
- Esto genera una situación de desprotección y desigualdad respecto de los beneficiarios del régimen público, vulnerando el art. 14 bis de la CN.
- La jurisprudencia ha ordenado la integración al haber mínimo en casos similares, en base al deber del Estado de asegurar un nivel adecuado de las prestaciones.

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