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ABARCA, SOFIA ALEJANDRA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora promovió demanda por pensión derivada por fallecimiento de su conviviente. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, considerando acreditada la convivencia en aparente matrimonio.

Costas Seguridad social Ley 24 241 Pension por fallecimiento Interpretacion favorable Convivencia en aparente matrimonio

Pensión derivada por fallecimiento de su conviviente Elías Yamil Herrera

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. Fundamentos principales:
- Se acreditó la convivencia en aparente matrimonio durante más de 5 años previos al fallecimiento, requisito exigido por el art. 53 de la Ley 24.241.
- Se valoró la prueba testimonial y documental que demostraba la convivencia, el nacimiento de dos hijos en común y la comunidad de vida.
- Se aplicó un criterio interpretativo favorable a la tutela de situaciones de desamparo económico, de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 21 de la Ley 24.463 que imponía las costas por su orden, aplicando en su lugar el art. 36 de la Ley 27.423 que las impone a la parte vencida.

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