NIEVAS, DELIA DE FATIMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajustes de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo del haber inicial aplicando el precedente jurisprudencial Elliff.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó recalcular el haber inicial aplicando el precedente "Elliff", sin limitar la aplicación del índice ISBIC. Rechazó los planteos de inconstitucionalidad de los topes y de la Ley de Emergencia Económica 27.541, adhiriendo a precedentes de la propia Cámara. Confirmó la exención del pago de impuesto a las ganancias sobre el haber jubilatorio y retroactivos. "(...) las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustaran por el índice ISBIC, mientras que la de marzo y las de los meses siguientes hasta la adquisición del beneficio, deberán actualizarse conforme manda el nuevo régimen previsional (art. 15 ley 26.417)." "(...) La queja del demandado condensa los mismos argumentos que en su contestación de demanda y son rechazados en esta instancia por adhesión al fallo al que remite el juez y que esta segunda instancia viene repitiendo en idénticas causas." "Respecto del agravio relativo a la ley de emergencia económica 27.541 y sus decretos reglamentarios, cabe decir que la sentencia de primera instancia aplica los precedente de esta Cámara (...)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: