MOLINA, MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó el reajuste de sus haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES y la Secretaría de Seguridad Social sobre la aplicación del índice RIPTE.
¿Quién es el actor?
María Elena Molina
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó redeterminar el haber inicial aplicando el índice ISBIC, sin la limitación temporal, en línea con el precedente "Elliff". Rechazó la aplicación del índice RIPTE solicitado por ANSES, declarando la inconstitucionalidad de las resoluciones que lo establecían. Confirmó la exención del pago del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señaló que con la sanción de la ley 26.417 el art. 2 estableció que para la actualización de las remuneraciones debía aplicarse el índice combinado previsto en el art. 32 de la ley 24.241, dejando sin efecto la aplicación del ISBIC. Sin embargo, la Corte Suprema declaró inconstitucionales las resoluciones que impusieron el RIPTE, por lo que correspondía mantener la aplicación del ISBIC conforme al precedente "Elliff". También confirmó la exención del pago del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, citando un precedente propio.
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