RUZ, ALICIA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas de forma diferenciada.
Reajuste del haber jubilatorio
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso de ANSES, modificando la imposición de costas. Se rechaza el recurso de la actora.
Los fundamentos principales de la decisión son:
- Para el cálculo de los aportes realizados como trabajador autónomo, se debe aplicar la doctrina elaborada por la CSJN en "Makler", que establece el método para determinar el "promedio mensual de los montos actualizados de las categorías en que revistó el afiliado".
- No corresponde una nueva actualización de los aportes realizados mediante el sistema MORATORIA y/o SICAM, ya que fueron ingresados con valores actualizados al momento de determinarse la deuda.
- Respecto a los topes, se difiere su tratamiento para la etapa de liquidación, aplicando los precedentes "Actis Caporale" y "Tudor".
- En cuanto a la aplicación de la Ley 27.541 y decretos, se confirma el criterio mayoritario de la Cámara.
- Sobre la exención del Impuesto a las Ganancias, se remite a los fundamentos expuestos en el precedente "Cavallaro".
- Las costas de primera instancia se imponen en un 90% a ANSES y 10% en el orden causado. Las costas de segunda instancia se imponen en un 80% a ANSES y 20% en el orden causado.
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