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RACHED, MARIA VICTORIA c/ AFIP Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La jubilada docente impugnó el descuento del impuesto a las ganancias y los topes de la movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal confirmó la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y la falta de aplicación de los topes a su régimen especial.

Confirmacion Impuesto a las ganancias Amparo Movilidad Regimen especial docente Topes previsionales

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, María Victoria Rached, promovió una acción de amparo contra la AFIP y ANSES reclamando la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio y la falta de aplicación de los topes de la ley 24.463 a su beneficio, al estar regido por el régimen especial de la ley 24.016 para docentes.
- En primera instancia, el juez hizo lugar parcialmente a la acción, declarando la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias y la falta de aplicación de los topes.
- La AFIP y ANSES apelaron, cuestionando la declaración de inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias y la falta de aplicación de los topes.
- La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia. Respecto al impuesto a las ganancias, sostuvo que la aplicación retroactiva del artículo 2 de la ley 27.426 es regresiva respecto de la movilidad alcanzada por la derogada ley 26.417. En cuanto a los topes, siguiendo precedentes, consideró que al tratarse de un régimen especial para docentes, no corresponde la aplicación de los topes de la ley 24.463.
- Se impusieron las costas a las demandadas vencidas y se regularon los honorarios de los profesionales.

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