ROSALES, HAYDEE C/ ANSES
La actora promovió demanda para el recálculo de su haber jubilatorio inicial y su reajuste por movilidad. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSES y Secretaría de Seguridad Social que establecían el índice RIPTE.
¿Quién es el actor?
Haydee Rosales
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recálculo de haber jubilatorio inicial y reajuste por movilidad
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el recálculo del haber inicial conforme la doctrina "Elliff". Declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que establecían el índice RIPTE, debiendo aplicarse el índice ISBIC. Aclaró que el retroactivo no debe tributar Impuesto a las Ganancias. Distribuyó las costas parcialmente a ANSES.
Fundamentos relevantes:
- La Corte Suprema en "Blanco, Lucio" declaró inconstitucionales las resoluciones que establecían el índice RIPTE, siendo facultad exclusiva del Congreso fijar el índice de actualización.
- El retroactivo no constituye un hecho imponible y su percepción no puede ser pasible de gravamen impositivo, a fin de resguardar la integralidad del haber previsional.
- Corresponde distribuir parcialmente las costas a ANSES, por el resultado parcial del proceso.
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