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GOMEZ, VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su prestación previsional. La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones que modificaron el índice de actualización.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Reajuste Prestacion previsional Ripte Topes Isbic

Reajuste de su prestación previsional

¿Qué se resolvió?


- Se rechaza el recurso de apelación interpuesto por ANSES
- Se declara la inconstitucionalidad de la Resolución ANSES 56/2018 y de la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social 1/2018
- Se confirma la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial del actor, conforme al precedente "Elliff"
- Se confirma la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo
- Se diferirá el tratamiento sobre la constitucionalidad de los topes a la etapa de liquidación

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.417 estableció que las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 se ajustan por el índice ISBIC, mientras que las posteriores deben actualizarse conforme al nuevo régimen (art. 15).
- Para los aportes autónomos, corresponde aplicar la doctrina de los precedentes "Elliff" y "Makler" para determinar el haber inicial.
- La Corte Suprema declaró inconstitucionales las resoluciones que sustituyeron el índice ISBIC por el RIPTE, por lo que corresponde mantener el ISBIC.
- No corresponde afectar el retroactivo con el impuesto a las ganancias, de conformidad con la jurisprudencia.
- La cuestión de la constitucionalidad de los topes se difiere a la etapa de liquidación.

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