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RIVERO, RANULFO EDUARDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda por reajuste de haberes jubilatorios. La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de disposiciones legales relativas a la movilidad de los haberes.

Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Movilidad de haberes Reajuste de haberes Indice isbic Topes jubilatorios


¿Quién es el actor?

Ranulfo Eduardo Rivero

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes jubilatorios

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley N° 27.426 sobre la movilidad de los haberes devengados entre julio y diciembre de 2017. Confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial y la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias. Difirió el tratamiento de la inconstitucionalidad de los topes a la etapa de liquidación. Fundamentos principales:
- La Cámara remitió a los precedentes "Herrera, Hugo Horacio" y "Blanco, Lucio O." de la CSJN, que declararon inconstitucional la sustitución del índice ISBIC por el RIPTE para la actualización de las remuneraciones.
- Respecto a la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias, la Cámara se remitió a su precedente "Di Lorenzo, Carlos Feliz".
- En cuanto a la inconstitucionalidad de los topes, la Cámara difirió su tratamiento a la etapa de liquidación, siguiendo el precedente "Actis Caporale" de la CSJN.
- La Cámara también se remitió a sus precedentes "Guerra, Alfredo Antonio" y "Poblete, Oscar Argentino" para confirmar la constitucionalidad de los decretos que suspendieron la fórmula de movilidad de la Ley N° 27.426.

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