FURLANI, ALDO LORENZO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda por reajuste de haberes previsionales. La Cámara Federal de Mendoza modificó la sentencia de primera instancia e incluyó en el cálculo del haber inicial los montos percibidos en concepto de viáticos.
Inclusión de montos percibidos en concepto de viáticos en el cálculo del haber previsional
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES incluir los montos percibidos en concepto de viáticos en el recálculo del haber inicial del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Conforme los arts. 106 LCT y 6 de la ley 24.241, los viáticos tienen naturaleza remunerativa, salvo la parte efectivamente gastada y acreditada.
- El formulario PS.6.2 presentado por el actor, firmado por la Jefa de División Jubilaciones de la Dirección de Vialidad, resulta válido para acreditar la percepción de viáticos.
- Se cumple con los requisitos de habitualidad y regularidad en la percepción de los viáticos.
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