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OLMOS, JUAN RICARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSES por el recálculo de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia y rechazó algunos de los agravios de la demandada.

Seguridad social Prestacion previsional Ripte Pbu Aportes autonomos Isbic Recalculo haber Indice actualizacion

Recálculo del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, el recálculo del haber inicial para aportes autónomos y la actualización de la PBU. Rechazó el agravio sobre la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y el límite al haber reajustado. Fundamentos principales:
- La CSJN declaró inconstitucionales las resoluciones que dispusieron la aplicación del índice RIPTE para la actualización del haber inicial, siendo facultad exclusiva del Congreso establecer el índice de actualización.
- Para el recálculo del haber inicial de aportes autónomos, se debe utilizar el método desarrollado en el precedente "Makler".
- Respecto a la actualización de la PBU, corresponde aplicar la doctrina de la CSJN en "Quiroga" y jurisprudencia de la CFSS.
- La imposición de costas se hace en un 90% a cargo de ANSES y 10% en el orden causado.

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