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GODOY, JORGE ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó el recálculo del haber inicial sin limitaciones temporales.

Impuesto a las ganancias Jubilacion Seguridad social Ley 24 241 Ley 27 541 Ley 26 417 Reajuste haber

Reajuste de haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó recalcular el haber inicial conforme la doctrina del precedente "Elliff", sin limitación temporal. Los principales fundamentos son:
- Se debe aplicar el índice ISBIC para las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009, y el índice combinado previsto en la Ley 26.417 a partir de marzo de 2009.
- No corresponde limitar el haber reajustado según la doctrina de "Villanustre".
- Se remite a los fundamentos expuestos en precedentes de la Cámara sobre la inaplicabilidad de la emergencia económica prevista en la Ley 27.541 a la materia previsional.
- El retroactivo del haber reajustado se encuentra exento del impuesto a las ganancias.
- Las costas se imponen a la vencida (ANSES) en ambas instancias.

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