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BARRAU, ALICIA ELENA c/ ANSES Y OTRO s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora promovió un amparo por el reajuste de la pensión de la causante. La Cámara Federal de Mendoza confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la aplicación de la ley vigente al momento del fallecimiento del causante para el cálculo y movilidad de la pensión.

Costas Inconstitucionalidad Seguridad social Ley aplicable Derechos adquiridos Movilidad Pension


¿Quién es el actor?

Alicia Elena Barrau

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial y movilidad de la pensión derivada de la jubilación del causante

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia. Ordenó aplicar la ley 24.241 y normativa complementaria vigente al momento del fallecimiento del causante para el cálculo y movilidad de la pensión. Respecto al haber jubilatorio del causante, mantuvo la aplicación de la ley provincial 4266. Declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 sobre costas y reguló los honorarios. Fundamentos principales:
- El compromiso asumido por el Estado Nacional en el Convenio de Transferencia implica respetar los derechos adquiridos por los beneficiarios bajo la ley provincial, incluyendo la garantía constitucional de movilidad.
- Conforme la ley 26.222, la pensión se rige por la ley vigente al momento del fallecimiento, correspondiendo aplicar la ley 24.241 y normativa complementaria.
- La circunstancia de que la ley cambió al momento del fallecimiento no implica la reconversión del beneficio jubilatorio original.
- Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y aplicar el art. 36 de la ley 27.423 sobre costas.

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